Regla #2: No tener condenas por delitos de sustancias controladas
Para que una sociedad solicitante pueda cumplir con esta regla, cada uno de los miembros de la sociedad no debe tener condenas por delitos de sustancias controladas. Si alguno de los socios individualmente tiene tal condena, no puede ser socio por la duración del préstamo. (Como alternativa, las operaciones agrícolas pudieran elegir que esa persona sea un empleado, siendo que no existen restricciones dentro de la FSA para emplear a personas con condenas por delitos de sustancias controladas.)
Regla #3: Capacidad legal
Para que una sociedad solicitante cumpla con esta regla, cada uno de los miembros de la sociedad individualmente debe tener la capacidad legal para incurrir la obligación del préstamo. La capacidad legal puede significar que tenga la mayoría de edad legal, la cual es 18 años. También puede significar la capacidad mental de todos los miembros de la sociedad deben ser mentalmente capaces para entender los términos aplicables del contrato. Si alguno de los miembros de la sociedad es menor de 18 años de edad o no tiene capacidad mental completa, la sociedad no será elegible para el préstamo.
La capacidad mental puede ser amenazada si una persona no tiene conocimiento debido a la edad o enfermedad mental algo como manía, delusiones o intoxicación. Esto es una cuestión poco probable para un préstamo de la FSA, pero todos los individuos de la sociedad solicitante deben demostrar capacidad mental.
Las sociedades solicitantes no pueden tener menores de edad como socios propietarios. Los menores de edad por separado pueden hacer una solicitud para un préstamo para menores de edad por medio de la FSA, pero esos préstamos no se cubren en esta guía.
Los miembros propietarios que sean menores de edad o discapacitados mentalmente, no podrán ser parte de la sociedad que solicite un préstamo FO de la FSA a menos qué y hasta qué lleguen a la edad de capacidad legal o que se llegue a ésta mentalmente. Los propietarios posibles que obtengan la capacidad pueden ser añadidos al negocio durante el término del préstamo después de que lleguen a la capacidad y hayan consultado con el agente de préstamos y cumplido con todas las otras reglas.
Regla #4: Historial de crédito aceptable
Para que una sociedad solicitante cumpla con esta regla, cada uno de los miembros de la sociedad individualmente debe tener un historial de crédito aceptable. Esto es así porque cada uno de los miembros de la sociedad individualmente debe personalmente firmar el préstamo. Una buena reputación crediticia demuestra la capacidad para pagar el préstamo. Todos los miembros de la sociedad solicitante deben estar preparados para proporcionar información sobre sus historiales de crédito
Puede ser difícil determinar con toda certeza si un individuo especifico tiene buena reputación crediticia. Confiadamente podemos decir que el tener un historial de no pagar las deudas, pagos pendientes al gobierno federal o cualquier otra deuda federal es inaceptable. Pero cosas como ejecución de una hipoteca, fallos judiciales y pagos morosos, si ocurrieron por lo menos más de 36 meses (3 años) antes de la solicitud y que no hayan ocurrido recientemente situaciones similares, tal vez se permitan. Esta es una situación en la cual los socios participantes tengan que sentarse con el agente del préstamo y tener una conversación honesta sobre si es que la sociedad (y la solicitud del préstamo) tiene que modificarse si se determina que uno de los socios no tiene buena reputación crediticia.