Como parte de la solicitud de préstamo, todos y cada uno de los miembros de la sociedad tiene que firmar la Nota Promisoria en la cual tendrá que declarar su estado de ciudadanía. Todos los solicitantes deben ser ciudadanos de los EE. UU., ciudadanos no nacionales de los EE. UU. o un “extranjero” documentado. Esto significa que, si cualquier miembro de la sociedad solicitante no puede cumplir con esta regla, la solicitud del préstamo FO no será aprobada.
Todos los solicitantes deben proporcionar a la FSA una identificación con fotografía para comprobar su identidad. Si este documento no es un pasaporte, se requerirá un segundo documento para demostrar el estado de inmigración de la persona. Pasaportes limitados emitidos por períodos de menos de cinco años no serán una documentación aceptable de su estado de inmigración.
El estado de inmigración de una persona tampoco puede vencerse antes del fin del término del préstamo. Solamente en el caso de un residente permanente con una I-551 (mica verde) la fecha de vencimiento del documento no tendrá relación con la solicitud del préstamo. De lo contrario, el estado de inmigración de todos los miembros de la sociedad deberá permanecer válido durante todo el período del término del préstamo.
Extranjeros documentados
La ley usa un término anticuado ‘extranjeros’ para describir a este grupo de inmigrantes. Este grupo diverso puede incluir a los que posean una mica verde, a los que se les haya concedido asilo, refugiados, personas ingresadas de Cuba y Haití, residentes permanentes legales y otros. Cada uno de estos tienen diferentes requisitos de documentación, pero los principios generales guían el proceso de la FSA.
Primeramente, como siempre, la documentación del estado de inmigración debe estar combinada con prueba de identidad satisfactoria. El documento en sí puede establecer prueba de entidad si es que incluye una fotografía. De lo contrario, se puede utilizar otra forma de identificación que incluya una fotografía.
Los tipos de documentos aceptables para probar uno de los estados inmigratorios tienen ‘niveles.’ A menos que un problema serio se presente, los agentes de la FSA tienen instrucciones de aceptar los documentos de primer nivel. Por supuesto que el solicitante puede decidir proporcionar cualquiera de estos documentos para establecer su estado de inmigración. Solo tenga presente que, al agente de la FSA se le ha dado instrucciones de aceptar los documentos de primer nivel y solo puede pasar a otro nivel en ciertas circunstancias (si el documento de primer nivel está disponible para el estado de inmigración). Si el documento de primer ‘nivel’ “no parece razonablemente ser genuino o que sea representativo de la persona que está proporcionando el documento,” entonces el agente de la FSA puede pedir documentación adicional. En este punto, el agente de la FSA puede pedir documentos en el segundo nivel de registración. Una vez más, estos documentos del segundo nivel tienen que ser aceptados a menos que “no parezcan razonablemente ser genuinos o que sean representativos de la persona que está proporcionando los documentos.”
Si el agente de la FSA todavía no está satisfecho, entonces el paso final es verificar el estado de inmigración del solicitante con el Bureau of Citizenship and Immigration (Buró de Ciudadanía y Servicios de Inmigración) (BCIS). Esencialmente, la FSA enviará al BCIS los documentos de registración proporcionados para verificación. Los agentes de la FSA deberán pasar por los niveles consecutivamente, no deberían pasar el documento del nivel 1 al documento del nivel 3, para verificación con el BCIS, a menos que el solicitante no pueda proporcionar el documento de registración (nivel 2).
Cualquier decisión hecha por el oficial de la FSA para pedir un documento en el siguiente nivel no debe ser hecha por razones discriminatorias. Los solicitantes que están colaborando con un agente de la FSA para establecer su estado como “extranjeros documentados” deberían estar familiarizados con la documentación que los agentes pudieran pedir. Si un agente de la FSA le pide un documento del segundo nivel o aún del tercer nivel, pídale que le exprese por qué duda de la autenticidad del documento proporcionado. Registre su conversación de alguna manera para crear un registro de las acciones del agente de la FSA.
Tabla del primer y segundo nivel de la documentación del estado de inmigración aceptable para los solicitantes del FSA
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Primer nivel |
Segundo nivel (Documentos de registración) |
Residente legal permanente |
● Sello del I-551 temporal no vencido sellado en el pasaporte extranjero |
● Formulario I- 551 temporal no vencido sellado en el I-94 del BCIS ● Formulario I-551, ejemplo, ‘mica verde’ |
Asilado |
● Carta oficial de la Asylum Office of BCIS (Oficina de Asilo del BCIS) ● Orden de un juez de inmigración concediendo el asilo |
● Formulario I-94 del BCIS anotado con el sello mostrando la concesión de asilo de acuerdo con la Sec. 208 del INA ● Formulario I-688B del BCIS anotado “274a.12(a)(5)” ● Formulario I-766 del BCIS anotado “A5”
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Refugiado |
● Formulario I-571 del BCIS |
● Formulario I-94 del BCIS anotado con el sello mostrando la admisión de acuerdo con la Sec. 207 del INA ● Formulario I-688B del BCIS anotado “274a.12(a)(3) ● Formulario I-776 del BCIS anotado “A3” |
Residencia condicional en los EE. UU. por lo menos 1 año |
N/A |
● Formulario I-94 del BCIS con sello mostrando la admisión por lo menos 1 año de acuerdo con la Sec. 212(d)(5) del INA |
Deportación o expulsión suspendida |
● Orden de un juez de inmigración demostrando la deportación suspendida de acuerdo con la Sec. 243(h) del INA o la expulsión suspendida de acuerdo con la Sec. 241(b)(3) del INA. |
● Formulario I-688B del BCIS anotado “274a.12(a)(10) ● Formulario I-766 del BCIS anotado “A10” |
Admisión condicional |
N/A |
● Formulario I-94 del BCIS con sello mostrando la admisión de acuerdo con la Sec. 203(a)(7) del INA ● Formulario I-688B del BCIS anotado “274a.12(a)(3)” ● Formulario I-766 del BCIS anotado “A3” |
Cubano/haitiano ingresado |
● Sello del I-551 temporal del BCIS no vencido sellado en el pasaporte extranjero ● Formulario I-94 del BCIS con sello demostrando la admisión condicional como “cubano/haitiano ingresado” de acuerdo con la Sección 212(d)(5) del INA |
● Formulario I-551 temporal del BCIS (mica verde) con el código “CU6,” “CU7,” o “CH6.” ● Sello del I-551 temporal del BCIS no vencido en el formulario I-94 del BCIS con el código “CU6” o “CU7.” |
Si uno de los socios del negocio no tiene un estado de inmigración que cumpla con los requisitos de la FSA, ese socio tendrá que renunciar como socio de la propiedad del negocio hasta que el préstamo esté completamente pagado.